miércoles, 20 de enero de 2010

La nueva Ley de Mayoria de Edad - Argentina

LA AVENTURA DE LA VIDA SE ADELANTA !!!


El Poder Ejecutivo promulgó la ley que modifica el art. 126 del Código Civil y fija la mayoría de edad a los 18 años, autorizando a quienes tienen entre 18 y 20 años ejercer plenos derechos civiles y comerciales. Los padres o tutores, sin embargo, deberán continuar con sus deberes de patria potestad hasta los 21 años de edad.

Esta modificación permite a todos los chicos entre 18 y 20 años, por ejemplo, a tramitar documentos, firmar contratos, encarar negocios y casarse sin autorización de los padres.

Respecto a promotoras y modelos, la importancia radica en que pueden suscribir contratos comerciales sin la autorización de los padres, como lo disponía la anterior ley civil, y también pueden viajar al exterior sin la necesidad de permisos o autorizaciones especiales.


Entre los derechos que ahora la ley le da a quienes tienen entre 18 y 20 años –antes limitados en sus derechos, ya que la mayoría era a los 21- figuran la posibilidad de comprar o alquilar un inmueble sin tener que probar ante un escribano que hacen esa compra con dinero de su trabajo, como lo marcaba la anterior redacción de la ley.

En síntesis, con la reforma de la ley las personas de entre 18 y 20 años pueden adquirir inmuebles y encarar emprendimientos comerciales, viajar al exterior y suscribir documentación civil y comercial sin autorización de sus padres, lo que redunda en mayor agilidad para la persona y, a su vez, no pierde los derechos alimentarios y de manutención de la patria potestad, que se mantienen hasta los 21 años.

Agradecimiento Especial : Estudio de Abogados de Buenos Aires - Argentina

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